lunes, 5 de diciembre de 2011

El Gobierno vasco aprueba 26.700 ayudas a la conciliación de vida laboral y familiar

El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales ha aprobado en los primeros diez meses del año un total de 26.713 ayudas a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal. Esta cantidad de ayudas ha supuesto un desembolso de 26,74 millones de euros. Según ha informado el Ejecutivo de Lakua en un comunicado, de las tres modalidades de ayudas -excedencias y reducciones por cuidado de menores, excedencias y reducciones por cuidado de dependientes y contratación de cuidadores-, la primera de ellas es la de mayor demanda. En concreto, bajo esta modalidad se han resuelto favorablemente 25.962 expedientes, un 93% de los cuales correspondía a mujeres. Otros 391 expedientes corresponden a excedencias y reducciones por cuidado de dependientes y 360 a la contratación de cuidadores. De cara al próximo ejercicio, el proyecto de presupuestos del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales contempla una partida de 30 millones de euros, mientras que durante el período 2002-2010 se ha destinado un total de 169,6 millones de euros a las líneas de ayudas de conciliación de la vida familiar y laboral dirigidas a las personas trabajadoras."El nuevo decreto sobre ayudas a la conciliación, que entró en vigor en julio del año pasado, establece un nuevo procedimiento de solicitud de la ayuda que mejora la gestión administrativa al reducir los trámites y el papeleo", han destacado.Además, incorpora novedades como la eliminación de la discriminación positiva a favor de los hombres que la normativa anterior establecía o la incorporación de la tramitación electrónica de las solicitudes de las ayudas.Asimismo, en las ayudas por excedencia o reducción de la jornada laboral para el cuidado de hijos se introduce la posibilidad de disfrutar de la medida acumulando breves períodos de vacaciones escolares hasta obtener los 59 días mínimamente exigidos, mientras que se amplía el límite de disfrute de la ayuda hasta los ocho años del menor y se amplían, de forma generalizada, los límites máximos de disfrute que contemplaba la normativa anterior.Por último, en el caso de las ayudas por excedencia o reducción para el cuidado de familiares, se amplían los supuestos subvencionables, al considerar como tal la situación de extrema gravedad sanitaria del familiar.

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